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Legislación de tasas a partir del 1 de octubre de 2021
Tasas, © colourbox.de
El 1/10/2021 entrará en vigor una nueva legislación de tasas para el Ministerio Federal de Relaciones Exteriores y sus Embajadas/Consulados. Se modificarán las tasas por escrituraciones, legalizaciones y otros servicios que otorgan los mismos. Las tasas por pasaportes y visados no se modificarán.
Las representaciones alemanas en el extranjero y los/las funcionarios/as consulares honorarios/as perciben tasas y gastos por las actividades consulares realizadas en el extranjero (escrituraciones, legalizaciones, asistencia a ciudadanos alemanes en el extranjero, etc.). El fundamento para ello había sido hasta ahora la Ley de Tasas en el Extranjero (AKostG) y el Reglamento de Costes en el Extranjero (AKostV), siempre y cuando no se tratara de tasas percibidas por asuntos relacionados con visados y pasaportes, ya que para estos rigen disposiciones legales propias.
El partir del 1 de octubre de 2021 entrará en vigor una nueva legislación de tasas para el Ministerio Federal de Relaciones Exteriores y sus representaciones. La Ley de Tasas en el Extranjero (AKostG) y el Reglamento de Costes en el Extranjero (AKostV) expirarán. A partir de esta fecha la base legal para la percepción de tasas son la Ley Federal de Tasas (BGebG) y el Reglamento General de Tasas (AGebV) y, adicionalmente, un Reglamento Especial de Tasas (AABGebV).
La Ley de Tasas en el Extranjero –excepto los asuntos relacionados con visados y pasaportes y documentos de identidad–, junto con las disposiciones en materia de estimación de valor se modificarán fundamentalmente y los tipos de tasas se adaptarán por completo. Los tipos de tasas vigentes a partir del 1 de octubre de 2021 deberán tomarse de la Relación de Tasas y Gastos del Reglamento Especial de Tasas (AABGebV) (Anexo 1), la cual constituye la nueva “lista de precios” para los servicios consulares.
En muchas representaciones en el extranjero las tasas no se deben pagar en euros, sino en su equivalente en la respectiva moneda nacional. Usted podrá encontrar más detalles en la página web de la respectiva representación en el extranjero.
¿Cómo se determinaron las nuevas tasas?
Mediante la Ley Federal de Tasas los legisladores han reformado integralmente la legislación de tasas de la Federación, modernizándola, depurándola y unificándola. En este contexto, el objetivo principal era en especial, además de un cálculo de tasas transparente, una cobertura más amplia de los costos. Se pretende que las tasas vigentes a partir del 1 de octubre de 2021 cubran todos los costos relacionados con los servicios administrativos individualizables prestados al deudor de la tasa. La aplicación eficiente y correcta de las disposiciones por parte de los funcionarios consulares de las representaciones en el extranjero se garantizará mediante el uso de un software que elabora de forma electrónica las notificaciones de fijación de tasas percibidas por cada servicio administrativo.
A fin de implementar la nueva legislación federal de tasas en su ámbito, el Ministerio Federal de Relaciones Exteriores ha calculado, junto con la Oficina Federal de Estadística (DeStatis), las tasas que cubren los costos de sus servicios públicos individualizables. A partir de ahora se aplicarán, además de las tasas fijas vigentes a nivel mundial, tipos de tasas que hasta ahora no se habían utilizado por parte del Ministerio Federal de Relaciones Exteriores. Por una parte se trata de tasas fijas diferenciadas regionalmente, que varían de acuerdo con los costos locales relativos al personal y los inmuebles, y por otra parte, de tasas por el tiempo invertido en aquellas actuaciones administrativas que no ocurren con frecuencia y/o requieren de tiempos de tramitación muy variables y por ello han de calcularse de acuerdo con el tiempo real invertido. Los tipos de tasas que se aplicaban hasta ahora (tasas complementarias, tasas por línea, tasas por página y tasas ad valorem) dejarán de aplicarse.